miércoles, 7 de junio de 2017

¿Qué debemos saber de la Constituyente? PARTE I

Misión Sucre promueve: ¿Qué debemos saber de la Constituyente?
 Prensa Misión Sucre  01/06/2017  74
En consecutivas entregas, esteremos aclarando dudas e interrogantes,
acerca del tema, para entender, comprender y hasta discutir el por qué
y para qué, asumir este encuentro histórico al que nos convoca el
presidente Nicolás Maduro.
(Entrega 1)

La impactante convocatoria constitucional del Presidente Nicolás
Maduro, a conformar una Asamblea Nacional Constituyente (ANC), ha
ocupado la agenda política nacional; en el ínterin  del debate y
cuando ya se han entregado las bases comiciales, que normaran las
postulaciones para que el pueblo según el sector o el territorio elija
su candidatos a la ANC, han surgido en la población, las primeras
interrogantes, que intentaremos responder de acuerdo a lo expresado
por el presidente de la Comisión Elías Jaua.

El objetivo es lograr un nuevo desencadenante histórico, como el
ocurrido en 1998, que permita al pueblo seguir el rumbo pacífico, de
las trasformaciones profundas que necesita nuestra sociedad, dejando
de lado las amenazas de golpe de Estado, guerra civil o intervención
extranjera, preserve la independencia y la paz de la República dejando
asentadas las bases constitucionales de un modelo social, donde
podamos vivir todos y todas con reconocimiento mutuo, igualdad,
justicia, paz y dignidad.

Comenzaremos por explicar ¿Qué es la Asamblea Nacional Constituyente
/ANC)? Es el espacio jurídico donde los representantes elegidos por el
Poder Constituyente, se encuentran para acordar la convivencia social
y la normativa jurídica que la rige, la Constitución.

¿Qué es el Poder Constituyente?  El pueblo, entendido como voluntad
común, es depositario de un Poder Originario, a partir del cual se
originan y constituyen los poderes del Estado y su sistema político,
eso es el Poder Constituyente.

La figura del Poder Originario existe en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (CBV), en su artículo 347 y sus
funciones son transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento
jurídico y redactar una nueva Constitución.

El artículo 348 de la CBV, establece: el Presidente de la República,
la Asamblea Nacional; los Cabildos Municipales o los ciudadanos y
ciudadanas pueden tomar iniciativa de convocarla. En este caso el
Presidente Nicolás Maduro ha tomado la iniciativa.

Está considerado ampliar a dos ámbitos de elección para los candidatos
participantes: el territorial y el sectorial de manera específica,
esta decisión reconoce el carácter multiétnico y pluricultural de
nuestra sociedad y establece el papel participativo y protagónico que
deben tener los sectores sociales, en el ejercicio de la democracia.

Los candidatos se postulan en los 2 ámbitos sectorial y territorial,
puede hacerse con el aval de un número de firmas ciudadanas, que
fijara el Poder Electoral.

Anunció el Poder Electoral, que mediante voto universal, directo y
secreto serán elegidos: 364 constituyentistas  escogidos a través de
la elección territorial y 8 indígenas,  173 electos a través del
sectorial,  los cuales serán  agrupados así: 24 estudiantes, 8
campesinos y pescadores, 5 empresarios, 5 personas con discapacidad,
28 pensionados, 24 Consejos Comunales y 79 trabajadores, que se pueden
inscribir en la página Web del CNE, los días 31/5 y 1/6.

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